CÓMO BONIFICAMOS LOS CONTRATOS DE UN CENTRO AUTORIZADO - Grupo Glorieta

CÓMO BONIFICAMOS LOS CONTRATOS DE UN CENTRO AUTORIZADO

BONIFICACIÓN DE LOS CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE EN EN EL CASO DE UN CENTRO AUTORIZADO.

Cuando la formación sea impartida por un centro de formación acreditado o autorizado, de titularidad privada, la empresa abonará mensualmente al centro el coste de la formación y se podrá aplicar por ello las correspondientes bonificaciones en las cotizaciones a la Seguridad Social en los términos señalados en el artículo 10.

El pago al centro deberá realizarse durante el mes siguiente a la finalización del plazo reglamentario de ingreso de las cuotas de la Seguridad Social correspondientes a cada mes hasta que finalice el contrato inicial o las prórrogas.

Las facturas o recibos de pago estarán en la empresa a disposición del Servicio Público de Empleo Estatal y demás organismos facultados para su control durante el plazo de cinco años, a contar desde la finalización de los contratos para la formación y el aprendizaje que hayan sido realizados. En el supuesto de cofinanciación por el Fondo Social Europeo, se dará publicidad de la misma mediante Resolución del Servicio Público de Empleo Estatal y el plazo señalado anteriormente será el que establezca la normativa comunitaria.

Asimismo, los costes de la formación objeto de bonificación deberán quedar expresamente identificados en la contabilidad de la empresa.26 de mayo

Deja una respuesta

Resumen de privacidad

Este Sitio Web web utiliza cookies propias y de terceros para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles. Si no está de acuerdo con alguna de estas finalidades, podrá personalizar sus opciones a través de esta pantalla.