TRAMITACIÓN DE LOS CONTRATOS PARA LA FORMACIÓN Y EL APRENDIZAJE VINCULADOS A CERTIFICADOS DE PROFESIONALIDAD
Los contratos de formación y aprendizaje que se formalicen con posterioridad al día 1 de enero de 2016, irán vinculados a un certificado de profesionalidad y se tramitarán en la forma que a continuación se reseña:
1º. Solicitud de autorización administrativa previa: previamente a la formalización del contrato inicial y de sus prórrogas, la actividad formativa será autorizada por el Servicio Público de Empleo competente, que será el Servicio Público de Empleo de la Comunidad autónoma donde esté ubicado el centro de trabajo de la empresa.
La solicitud de dicha autorización irá acompañada del acuerdo para la actividad formativa contenida en el anexo I, firmado por triplicado.
Mientras no esté habilitado el Registro electrónico de la Administración laboral competente se realizarán los registros presentando físicamente los documentos originales ante el Servicio Público de Empleo competente.
2º. Autorización concedida: una vez concedida la autorización administrativa de manera expresa o por silencio administrativo positivo una vez transcurrido un mes desde el registro de entrada de la solicitud en la Administración competente, se realizarán los siguientes trámites:
En Tesorería General de la Seguridad Social o Sistema Red
Solicitar el número patronal de formación (Modelo TA7). Para ello debería de acompañar el número de cuenta principal de la empresa (Modelo TA6) solicitud MATEP, DNI ó CIF.
En el Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma
Modelo del Contrato para la Formación y el Aprendizaje (cod. 421). Este trámite se puede realizar enviando los datos a través de Contrat@.
El mismo procedimiento se realizará para cada una de las prórrogas.